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La incorporación en los planes de promoción conjunta es más ágil y menos costosa que la incorporación a un plan de pensiones de empleo a medida, y permite la incorporación de pymes con pocos empleados o contribuciones poco elevadas, siendo las tareas que conllevan para la empresa más simples administrativamente que las de un plan de pensiones de empleo propio. Cada pyme tendrá un anexo propio a las especificaciones del plan, que regulará, entre otras cuestiones, sus contribuciones y prestaciones.
Un plan de pensiones de empleo debe ofrecerse, al menos, a los empleados que tengan una antigüedad de un mes en la empresa, aunque se les puede ofrecer a todos.
Sí, es posible.
El total de aportaciones máximas anuales a un plan de pensiones de empleo, incluidas las aportaciones del propio partícipe y las contribuciones empresariales a favor del partícipe, no podrá superar los 10.000 euros. No obstante, el límite máximo legal de aportaciones anuales del empleado a sus planes de pensiones individuales, planes de previsión asegurados o PPA, plan de pensiones de empleo, plan de previsión social empresarial o PPSE y/o mutualidades de previsión social, es de 1.500 euros en conjunto. Este límite puede incrementarse con aportaciones individuales al plan de pensiones de empleo por un importe que dependerá de las aportaciones realizadas por tu empresa a tu favor y de los rendimientos del trabajo que tienes:
La empresa que promueve un plan de empleo debe realizar contribuciones periódicamente, si bien no hay un importe mínimo establecido. La cuantía quedará establecida en las especificaciones del plan de pensiones de empleo, o en el anexo de las mismas en el caso de planes de pensiones de empleo de promoción conjunta. La cantidad puede fijarse como un importe fijo o en función de otras magnitudes como salario, antigüedad, cotizaciones a la Seguridad Social, etc. Depende de lo que prevean las especificaciones o el anexo de las mismas.
La adhesión a estos productos por parte del empleado es siempre voluntaria. Aunque algunos de estos productos pueden tener sistemas de incorporación automática, para facilitar la adhesión, el empleado siempre tiene la última palabra.
Información Legal
Producto solo contratable por residentes en España. Producto no garantizado.En los planes de pensiones no garantizados la rentabilidad total de cada plan está vinculada a la rentabilidad de la cartera de los activos de cada fondo de pensiones.
LA INVERSIÓN. Los riesgos inherentes a estas inversiones (mercado, tipo de interés, divisa, crédito y liquidez), junto con su seguimiento y control, se encuentran descritos en la declaración de principios de inversión del fondo.
Entidad gestora: BanSabadell Pensiones, E.G.F.P., S.A., con NIF A58581331 y domicilio social en la calle Isabel Colbrand, 22, 28050 Madrid, Inscrita en el R.M. de Madrid y en el Registro de Entidades Gestoras de la DGSFP con la clave G-0085. Entidad depositaria: BNP Paribas, S.A., sucursal en España con NIF: W-0011117-I y domicilio social en la calle Emilio Vargas, 4, Madrid. Inscrita en el Registro especial de entidades depositarias de fondos de pensiones de la DGSyFP, con la clave D-0197. Entidad comercializadora de planes de pensiones: Banco de Sabadell, S.A., con NIF A08000143 y domicilio en av. Óscar Esplá, 37, 03007 Alicante. Inscrita en el Registro Mercantil de Alicante y en la DGSyFP, con la clave D-0016.Tendrán la condición de entidad promotora del plan de pensiones de promoción conjunta cada una de las empresas o entidades que se incorporen al mismo, y de los planes de pensiones de empleo cada empresa que formalice uno.