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Las quejas y reclamaciones deberán ser por escrito y la duración de la respuesta por nuestra parte no podrá exceder de UN MES, siendo esta decisión vinculante para la Entidad, según establece la Orden Ministerial ECO 734/2004 de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras, y tal como asimismo queda recogido en el Reglamento para la Defensa del Cliente del Grupo.
Te recordamos que este canal es de uso exclusivo para presentar una reclamación, y cuenta con un plazo de respuesta máximo de 30 días; por lo que debería ser la última instancia de contacto con la compañía.
Si tienes alguna incidencia/consulta o solicitud como la solicitud de no renovación de la póliza, solicitud de un duplicado, solicitud de cambio de beneficiario o de número de cuenta corriente, solicitud de información acerca del estado de un siniestro o deseas realizar cualquier otra gestión con tu póliza puedes hacerlo a través de nuestro canal de Atención al Cliente haciendo click aquí.
En caso de no haber resuelto tu problema mediante los canales anteriormente descritos puedes presentar tu reclamación directamente a los correos electrónicos:
O bien a la dirección postal de Defensa del Cliente: C/Acanto 22, 28045 Madrid.
Recuerda indicarnos los siguientes datos para que podamos atender tu reclamación:
Para temas relacionados con planes de pensiones del sistema individual (Bansabadell Pensiones) dirígete al Defensor del Partícipe, para ello deberás enviar un escrito por correo postal a la siguiente dirección: c/ Conde de Aranda, 15 código postal 28001 Madrid; o por fax número 91 577 91 279; o por correo electrónico pbabogados@telefonica.net
Si ha contactado a nuestras tres compañías vía email o por dirección postal y no ha obtenido respuesta o no se le ha facilitado en el plazo legalmente establecido, puede contactar con la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones para formular su queja o reclamación a través de: https://dgsfp.mineco.gob.es/
El Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Partícipe en el caso de planes de pensiones del sistema individual, acusará recibo de tu reclamación o queja facilitándote el número de expediente. El Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Partícipe en su caso podrá recabar en el curso de la tramitación de los expedientes, tanto del reclamante como de los distintos departamentos y servicios de la entidad afectada, cuantos datos, aclaraciones, informes, elementos de prueba que se consideren pertinentes, así como las alegaciones del departamento o servicio objeto de reclamación.
El Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Partícipe en su caso dispondrá de un plazo legal de un mes para dictar la resolución, a contar desde la presentación de la queja o reclamación, si bien intentará resolver el expediente en el menor plazo posible.
Si la decisión del Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Partícipe en su caso es favorable a la reclamación, vinculará a la entidad reclamada.
Cuando la decisión del Servicio de Atención al Cliente o el Defensor del Partícipe en su caso sea desfavorable al reclamante, o transcurrido el plazo legal de un mes desde que se ha recibido sin que le haya sido notificada la decisión, el reclamante podrá acudir ante el Servicio de Reclamaciones de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, (Paseo de la Castellana 44, 28046 Madrid).
Puedes enviar la reclamación a los siguientes emails dependiendo de tu producto contratado:
O bien, a la dirección postal de Defensa del Cliente, C/Acanto 22, 28045 Madrid.
Las compañías que se encuentran sujetas a la atención de reclamaciones son:
Todos nuestros clientes y usuarios sean personas físicas o jurídicas que tengan la condición de Tomador, asegurado, beneficiario, tercero perjudicado, o derecho habientes de cualquiera de los anteriores, así como los partícipes y beneficiarios de planes de pensiones.
Ponemos a tu disposición el reglamento para la defensa de los clientes en materias de seguros y para la defensa de los partícipes en materia de pensiones.