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Finalidad de Modelo

Diseño sin título - 1
  • La finalidad de nuestro Modelo de Prevención Penal Es prevenir y con ello, mitigar el riesgo de incurrir en responsabilidad penal por parte de las entidades de Sabadell Seguros y Pensiones en España por los delitos cometidos en nombre o por cuenta de las mismas, y en su beneficio directo o indirecto, por sus representantes legales y administradores de hecho o de derecho, cuando se trate de los supuestos previstos en el Código Penal.
  • Las personas jurídicas Son también penalmente responsables de los delitos cometidos, en el ejercicio de actividades sociales y por cuenta y en beneficio directo o indirecto de las mismas, cuando son perpetrados por las personas bajo la autoridad de quienes tienen facultades de administración y dirección a causa de no haberse ejercido sobre ellos el debido control.

Nuestro Modelo de Prevención de Delitos

Incorpora las siguientes medidas de prevención:

  • Política de Compliance Penal, que incorpora ​​​​​​​las figuras penales que son aplicables a las personas jurídicas. Los tipos detallan: 
    • ​​​​​Las conductas que constituyen el delito
    • ​​​​​​​El compromiso de las entidades para su evitación
    • Qué se espera de los miembros de la Organización y de nuestros Socios de Negocio.
  • Un Órgano de Vigilancia Penal.
  • Canales de Comunicación y Denuncias: Se establece la obligatoriedad de comunicar cualquier hecho que potencialmente esté relacionado con un delito a través de nuestro canal de denuncias. El canal de denuncias actualmente disponible para las entidades de Sabadell Seguros y Pensiones es el canal Ético compartido con nuestro socio, Zurich Seguros.
  • Régimen Disciplinario: Siguiendo las disposiciones obligatorias vigentes, y tal como establece el convenio colectivo aplicable al sector de seguros, publicado en el BOE el 1 de junio de 2017, se ha formalizado un protocolo disciplinario respecto de las infracciones del cumplimiento del modelo de prevención penal que puede dar lugar a la imposición de sanción disciplinaria sobre el infractor.
  • Reglas para socios de negocio (terceros): En el proceso de contratación de determinados Socios de Negocio (enfoque basado en el riesgo), se exige previamente a su contratación determinar si disponen o no de Modelo de Prevención Penal. Disponemos de cláusulas contractuales de aceptación de los principios de nuestra Política de Compliance Penal y de nuestro Código de Conducta​​​​​​​.
  • Manual de Prevención y Respuesta frente a Delitos: detalla las fases que se desarrollan en el modelo de prevención, incluyendo el proceso de investigación, funcionamiento del Órgano de Vigilancia y Régimen Sancionador